La Corte Constitucional cerró un capítulo turbulento del fisco colombiano: declaró inexequible el Decreto 1474 de 2025 expedido en el marco de la emergencia económica de diciembre pasado, y ordenó a la DIAN devolver los aproximadamente $25.000 millones recaudados entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026, incluyendo el IVA del 19% que se había impuesto a los licores, vinos y aperitivos.
Para miles de distribuidores y comercializadores del sector, la noticia se siente como un alivio parcial. Pero la confusión no termina ahí: el Impuesto al Consumo de Licores (ICL), una obligación anterior y permanente establecida en la Ley 1816 de 2016, sigue completamente vigente —y sigue siendo uno de los tributos peor liquidados en la factura electrónica de las pymes colombianas del sector.
La diferencia es técnica pero costosa: el ICL no fue creado por el decreto de emergencia. Es un impuesto cedido a los departamentos que se calcula con dos componentes simultáneos: un Ad Valorem del 25% sobre el precio de venta antes de impuestos para licores destilados, y un componente específico por cada grado alcoholimétrico —$360 por botella de 750 cc para licores, y $243 para vinos y aperitivos vínicos, tarifas ajustadas un 5,30% para este 2026 mediante la Certificación 003 del Ministerio de Hacienda. Este impuesto debe discriminarse obligatoriamente en cada factura electrónica para el ente fiscal y declararse ante la Secretaría de Hacienda de cada departamento donde se comercialice el producto. Ningún fallo judicial de esta semana cambia eso.
«El sector está celebrando la caída del IVA de emergencia, y es lógico. Pero en la euforia puede quedar invisibilizado un riesgo real: el ICL sigue ahí, sigue siendo obligatorio, y su correcta discriminación en la factura electrónica es una exigencia que no da espera», señala Dana Becerra, Directora de Contenido y Estrategia Tributaria de Alegra.com. «Hemos visto en nuestra plataforma cómo muchos comercializadores de licores simplemente no tenían cómo automatizar este cálculo. La confusión regulatoria de los últimos meses hizo que ese problema pasará desapercibido.»
Es precisamente en ese contexto donde Alegra.com, el software de gestión empresarial con inteligencia artificial más usado por pymes en América Latina, activó el módulo del ICL para todas las cuentas de Colombia. La función permite calcular automáticamente ambos componentes del impuesto, el porcentual y el específico por grado de alcohol, discriminarlos correctamente en la factura electrónica con la trazabilidad que exige la DIAN, y llevar un control centralizado para la declaración y el pago ante la Secretaría de Hacienda departamental correspondiente.
El momento no podría ser más oportuno. El fallo de la Corte ordena a la DIAN aplicar «los mecanismos legales existentes o diseñar uno específico» en un plazo de 30 días para tramitar las devoluciones del IVA cobrado, según reportó El Colombiano. Eso significa que las empresas del sector van a estar en los próximos meses gestionando devoluciones de impuestos cobrados de más, ajustando su contabilidad, y al mismo tiempo sosteniendo el cumplimiento del ICL vigente. Tener las dos cosas separadas y bien calculadas dentro de un solo sistema deja de ser una conveniencia y se convierte en una necesidad operativa.
Con más de 700.000 usuarios activos en más de 10 países de América Latina, Alegra procesa millones de facturas electrónicas cada mes en Colombia. La activación del módulo ICL está disponible ya para todos los usuarios del país, sin configuraciones adicionales.
