El Gobierno nacional, con el argumento de la reforma agraria y la seguridad alimentaria, está expidiendo normas que concentran en el nivel central las decisiones sobre el uso del suelo generando pérdida de autonomía de los municipios que ven sus competencias desplazadas.
Así lo señala un reciente informe del Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP), ProBogotá Región y la Fundación para el Estado de Derecho, en el que advierten que las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA), junto con otras figuras creadas por el Gobierno nacional, representan una grave amenaza contra la autonomía territorial, la seguridad jurídica y el desarrollo económico de las regiones.
En el estudio se señala que hoy el 82,7% del territorio nacional se encuentra cubierto por instrumentos definidos desde el nivel central, lo que reduce drásticamente el margen de maniobra de alcaldías y gobernaciones. “El Gobierno nacional está instrumentalizando el discurso de la protección de la tierra para imponer un modelo centralista que desconoce la autonomía territorial, a las autoridades locales y las comunidades, y que amenaza los derechos de propiedad privada y la libertad de empresa consagrados en la Constitución”, advirtió Carlos Augusto Chacón, director del ICP.
El Instituto de Ciencia Política (ICP), ProBogotá Región y la Fundación para el Estado de Derecho hacen un llamado a la Corte Constitucional para que garantice la supremacía de la Constitución y la reserva de ley orgánica; al Gobierno nacional, para que reoriente estas medidas hacia procesos con participación incidente y sustento técnico verificable. También, hacen un llamado al Congreso, para que tramite un marco integral que armonice protección ambiental, seguridad alimentaria y desarrollo productivo sin vaciar competencias municipales.
De hecho, el próximo 21 de octubre se presentará un proyecto de ley para derogar el artículo 32 del Plan Nacional de Desarrollo, del actual gobierno, con lo cual quedaría sin sustento jurídico las normas que está imponiendo el gobierno de Gustavo Petro.
A ello se suma el debilitamiento de la democracia al tomar decisiones sin la participación de los concejos municipales a los cuales se les han socializado las medidas, como lo ha dicho el Ministerio de Agricultura, pero no se han tenido en cuenta sus opiniones.
Las decisiones se toman desde el nivel central, imponiendo un modelo único de desarrollo rural que ignora las prioridades de los gobiernos locales, siendo los concejos, por su pluralidad, los que definen los Planes de Ordenamiento Territorial (POT)
El análisis realizado demuestra que dichas figuras y restricciones, se superponen a zonas de alto aporte al PIB y al valor agregado del sector primario; al prohibir o limitar minería, industria y comercio, se cierran oportunidades de empleo y de ingresos fiscales en regiones que hoy son motor económico como los departamentos de Córdoba, Antioquia, Tolima, Cundinamarca, entre otros.
El estudio también revela que con dichas normas, que ya fueron demandadas ante los órganos competentes, se genera inseguridad jurídica y conflictos de competencias entre el gobierno nacional, las autoridades locales y las comunidades étnicas.
Se trata de una demanda ciudadana que está acompañada de diferentes organizaciones sociales y autoridades locales y regionales. “Lo que nosotros esperamos es que la Corte en ese análisis juicioso advierta que es de tal entidad ese yerro del legislador que lo saque de la vía jurídica”, indicó María Carolina Castillo, presidente de ProBogotá.
Añadió que es lesivo porque prácticamente anula la competencia de los municipios, le impone una obligación, le dice al concejo municipal que está obligado a adoptar esas APPAS sin discusión, sin conversar con la ciudadanía, sin reconocer los usos que hoy están en esos suelos.
Uno de los casos que llama la atención es el de las flores, porque como la norma dice que se priorizan los suelos para la producción de alimentos y las flores no son alimento, aunque sí generan grandes divisas al país y por eso se espera lo que diga el Ministerio de Agricultura.
“Estábamos viendo unos análisis de correlación de presencia de agricultura y minería y se tiene el prejuicio de que son incompatibles, pero los números nos dicen otra cosa, donde hay minería, por virtud de las regalías y por virtud de la responsabilidad social empresarial, ha crecido en números considerables la agricultura”, señaló la directiva.
Sin embargo, el Ministerio de Agricultura sustenta estas zonas en el tema de la seguridad alimentaria, aunque está equivocado porque el problema no es la capacidad productiva ni la tierra destinada a la producción de alimentos, sino que está asociado al costo de los alimentos y a cómo impactan el bolsillo de las familias colombianas, indicó Castillo.
En estos momentos ya están en funcionamiento las APPA de La Guajira, la de Concordia (Antioquia) y la de Sopó (Cundinamarca) y la demanda no cuestiona las resoluciones que las crearon sino la medida general porque, por ejemplo, en La Guajira ya hay un POT adoptado con base en la APPA.
Adicionalmente, se alerta frente a la falta de participación de comunidades y territorios en las decisiones que los afectan. “Las nuevas APPA y ZPPA se están declarando por resoluciones, sin la ley orgánica que exige la Constitución para modificar competencias territoriales. Eso erosiona la seguridad jurídica y el derecho de propiedad, y subordina los POT a criterios nacionales que no siempre reflejan la realidad local”, señaló Castillo.
“Desde FEDe. Colombia hemos asumido la defensa jurídica de los principios constitucionales de legalidad y de descentralización con acciones estratégicas ante la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Nuestro propósito es garantizar que las acciones del Gobierno respeten la Constitución”, afirmó Andrés Caro Borrero, representante legal de FEDe. Colombia.
Territorios indígenas
Otro de los temas álgidos tiene que ver con la creación de territorios indígenas con facultades especiales, tal como lo señalan los decretos 1094 y 1275 de 2024, amparados en un artículo transitorio de la Constitución de 1991, creando sistemas de gobierno paralelos al Estado, sin pasar por el Congreso, como lo ordena la Carta Magna.
“Esto genera riesgos para la supremacía de la Constitución y la transparencia en el uso de recursos públicos”.
De acuerdo con lo expuesto por Castillo con base en los decretos ley que se han venido expidiendo lo que se le señala a la Corte Constitucional es que aquí también se violan unas competencias porque es el Congreso de la República el llamado a desarrollar las entidades territoriales indígenas.
Señala el informe que estas reformas afectan a todos. A los municipios y autoridades locales porque se anulan sus competencias constitucionales para decidir sobre sus territorios; a los ciudadanos, productores y empresarios rurales, porque se restringen arbitrariamente sus derechos a la propiedad, la libertad económica y la iniciativa privada.
Igualmente, a las comunidades locales porque se compromete la generación de empleo e ingresos al afectar zonas de alta actividad económica y limitar la diversificación productiva; y, a los propietarios de predios privados porque se imponen limitaciones sobre sus tierras sin garantías suficientes afectando la predictibilidad del mercado rural.
