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Canacol Energy obtiene decisión clave de reestructuración por parte de la Corte de Alberta; se preservan las protecciones a consumidores en Colombia

Por Economista Colombia 4 min de lectura
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Canacol Energy, con operaciones en Colombia, anunció hoy que la Corte del King’s Bench de Alberta emitió una decisión el 24 de junio de 2026, mediante la cual otorga a Canacol autorización para dar por terminados contratos de suministro y transporte de gas natural como parte de su proceso de reestructuración en curso bajo la Companies’ Creditors Arrangement Act (CCAA).

La decisión, emitida por el Honorable Juez Colin C.J. Feasby, constituye un hito significativo en el proceso de reestructuración de Canacol y refleja una consideración cuidadosa y respetuosa de los intereses colombianos en todo momento.

Un aspecto central de la decisión es el análisis detallado y cuidadoso del mercado de gas natural en Colombia. El Juez Feasby dedicó especial atención a comprender la naturaleza distintiva de dicho mercado, reconociendo que difiere fundamentalmente del mercado norteamericano y que dichas diferencias requerían un enfoque analítico específico.

La decisión incorpora protecciones robustas para los consumidores colombianos en el mercado regulado, incluyendo hogares y pequeñas empresas. Canacol dejó claro ante la Corte que la terminación de contratos de suministro no afectaría los precios en el mercado regulado. La Corte reconoció la intención de Canacol de proteger a estos consumidores, exigiendo que las órdenes de terminación sean ajustadas para garantizar la continuidad de los precios vigentes para contrapartes que atienden dicho mercado.

La decisión demuestra un claro respeto por la soberanía colombiana y por el rol de sus instituciones dentro del marco de la reestructuración internacional. La Corte reconoció expresamente que tanto la Corte de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York como la Superintendencia de Sociedades de Colombia han reconocido el proceso bajo la CCAA como proceso extranjero principal.

En lo que respecta al derecho colombiano, la Constitución y el orden público, el Juez Feasby fue claro en señalar que tales asuntos deben ser resueltos por las autoridades judiciales colombianas. La Corte indicó que, en la medida en que surjan cuestiones relacionadas con el reconocimiento judicial y el orden público en la jurisdicción donde surtan efectos las órdenes de terminación, estas deberán ser tratadas en Colombia con posterioridad a la decisión adoptada en el proceso principal en Canadá.

La Corte reconoció que la reestructuración tiene como objetivo preservar y eventualmente aumentar la producción de gas natural de Canacol en Colombia, y que no reestructurar implicaría un riesgo significativamente mayor para el suministro de gas en el país.

Como se indica en la decisión de la Corte, Canacol tiene la intención de continuar vendiendo y entregando gas natural a los clientes en la medida en que exista disponibilidad y sea posible hacerlo bajo esquemas contractuales viables. Tras la decisión de la Corte, la capacidad de Canacol para suministrar gas dependerá de la disposición de las contrapartes en el mercado no regulado, así como de las contrapartes en contratos de transporte, para trabajar conjuntamente en acuerdos reestructurados y viables.

La Corte enfatizó que un resultado negociado comercialmente era preferible a una decisión judicial; sin embargo, tras semanas de esfuerzos sin éxito entre Canacol y sus contrapartes, resultó necesario adoptar una decisión de terminación en la Corte. Asimismo, la Corte realizó varios comentarios incentivando a las partes a negociar nuevos términos de buena fe, reconociendo que las condiciones contractuales actuales no son sostenibles dada la situación de insolvencia de la Compañía y la disminución en la producción de gas.

Si bien Canacol buscará el reconocimiento de las órdenes de terminación ante la Superintendencia de Sociedades de Colombia, continuará promoviendo una solución comercial con sus contrapartes.

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