¿Cuál es el término para reclamar el seguro por el terremoto ocurrido el 10 de agosto en Colombia?
Fasecolda entiende y comparte la preocupación de las personas y familias afectadas por el terremoto ocurrido el 10 de agosto en Colombia. En momentos como este, lo más importante es proteger la vida, cuidar a la familia, atender las necesidades urgentes y revisar con calma los daños sufridos.
Por eso, el gremio dio un mensaje de tranquilidad: si una persona no avisó a su aseguradora dentro de los tres días siguientes al terremoto, esto no significa, por sí solo, que pierda automáticamente su derecho a reclamar el seguro.
Sobre el aviso de tres días
El Código de Comercio colombiano señala que, en general, las personas deben informar a la aseguradora sobre un siniestro dentro de los tres días siguientes a cuando lo conocen. Esta regla busca que la compañía pueda enterarse oportunamente de lo ocurrido y revisar la situación, buscando mitigar el impacto de este.
Sin embargo, el terremoto del 10 de agosto fue un hecho notorio, ampliamente conocido en el país y divulgado por distintos medios. Por esa razón, este término de tres días no debe aplicarse en las mismas condiciones que en un caso ordinario, especialmente porque las compañías de seguros pudieron conocer la situación por diferentes canales e incluso de manera directa.
Además, ante una emergencia de esta magnitud, es natural que las personas estén concentradas en proteger su vida, su familia, su vivienda y sus bienes, y no en pensar inmediatamente en hacer una reclamación ante una aseguradora.
¿Hasta cuándo se puede presentar la reclamación?
Para este caso, las personas cuentan con un término de hasta dos años para presentar su reclamación y hacer valer sus derechos frente a la compañía de seguros, de acuerdo con las reglas generales aplicables al contrato de seguro establecidas en el artículo 1081 del Código de Comercio.
Esto quiere decir que el aviso inicial y la reclamación formal no son lo mismo. Aunque es recomendable informar los daños lo antes posible, las personas afectadas no deben asumir que perdieron su derecho por no haber avisado dentro de los tres días siguientes al terremoto.
Recomendaciones para las personas afectadas
Aunque exista ese plazo, Fasecolda recomienda contactar a la aseguradora o a su intermediario de seguros tan pronto como sea posible para informar los daños identificados y recibir orientación sobre el proceso. Esto ayuda a que la compañía pueda brindar un mejor acompañamiento al caso y revisar la cobertura correspondiente.
También es recomendable mantener abiertos los canales de comunicación con la aseguradora, atender sus indicaciones y consultar cualquier duda sobre los documentos requeridos, los tiempos del trámite o las medidas que puedan adoptarse para evitar que los daños aumenten.
Compromiso del sector asegurador
El sector asegurador se solidariza con la situación que están viviendo las personas afectadas por el terremoto y está dispuesto a atender, orientar y acompañar las reclamaciones que se presenten durante este período.
Cada caso será revisado conforme a las condiciones de la póliza contratada, la información disponible y los daños acreditados por la compañía de seguros correspondiente. La recomendación es no dejar de consultar con la aseguradora y presentar la información correspondiente para que la reclamación pueda ser estudiada.
Mensaje a la tranquilidad de Fasecolda
El llamado del gremio es a la tranquilidad: el terremoto del 10 de agosto fue un hecho notorio y ampliamente conocido, por lo que, el vencimiento del plazo de tres días para dar aviso no debe entenderse como la pérdida automática del derecho a reclamar. Las personas afectadas cuentan con tiempo para presentar su reclamación, y el sector asegurador está preparado para acompañarlas en este proceso.
