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Superindustria formula cargos a siete compradores de arroz por presuntos pagos por debajo del precio mínimo

Por Economista Colombia 3 min de lectura
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Por primera vez desde la entrada en vigor del régimen de libertad regulada de precios del arroz paddy verde, la Superintendencia de Industria y Comercio formuló cargos contra siete compradores del sector arrocero, al encontrar indicios preliminares de que habrían adquirido el producto por debajo de los precios mínimos establecidos por el Ministerio de Agricultura.

Estas son las primeras formulaciones de cargos de la SUC por el presunto incumplimiento de este régimen. El esquema funciona como un piso de protección para el productor: en las operaciones sometidas a la regulación, el comprador no puede pagar un valor inferior al precio mínimo establecido para la respectiva zona productiva, aunque las partes sí pueden acordar un precio superior.

Los actos administrativos se adelantan contra Agroindustria Sismar SAS, Coproarroz del Llano SAS, Agrointegral Andina SAS, Estación Agrícola SAS, Arrocera Don Llano, Villarroz S.A., Arrocera Formosa SAS.

De acuerdo con la Superindustria, la regulación del precio mínimo no puede quedarse en el papel. Detrás de cada tonelada de arroz hay productores que invierten, trabajan y asumen riesgos, La SIC tiene el deber de verificar que la norma se cumpla y actuar cuando encuentra indicios de una posible infracción, sin anticipar la decisión que corresponda.

Mediante la Resolución 241 de 2025, el Mingricultura sometió el arroz paddy verde al régimen de libertad regulada y estableció precios mínimos de adquisición para las zonas productivas del Bajo Cauca, Centro, Costa Norte, Llanos y Santanderes. Los precios mínimos fueron definidos con base en los costos de producción y las condiciones particulares de cada región y resultan de obligatorio cumplimiento para todas las operaciones.

Para verificar el cumplimiento de esta medida, durante enero y abril de 2026, la SIC realizó visitas de inspección a empresas y establecimientos del sector arrocero. En estas diligencias y también mediante requerimientos posteriores, recaudó información contable, financiera y comercial relacionada con las compras efectuadas entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2025.

Al comparar los precios efectivamente pagados a los productores con el precio mínimo fijado para cada zona productiva, la SIC encontró indicios de que algunas operaciones se habrían realizado por debajo del valor regulado.

Los procedimientos administrativos sancionatorios se encuentran en etapa de formulación de cargos y aún no existe una decisión definitiva sobre la responsabilidad de los investigados, Cada uno cuenta con 15 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo acto administrativo, para presentar sus descargos y solicitar o aportar las pruebas que pretenda hacer valer.

Si una vez concluidas las investigaciones y garantizando el debido proceso, se comprueban las infracciones, la SIC podrá imponer las sanciones previstas, entre ellas multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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