La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución CREG 101 120 de 2026, mediante la cual estableció un programa transitorio de seis meses para que los hogares y pequeños negocios salvaguarden las fuentes naturales a través de la reducción de su consumo de energía frente a una meta individual, calculada con base en su historial de consumo de los últimos doce meses.
“Los pronósticos internacionales estiman una probabilidad de hasta el 81 % de que el Niño alcance una intensidad muy fuerte entre octubre y diciembre de 2026, con menores aportes de agua a los embalses justo cuando la demanda de energía alcanza máximos históricos. Actuar desde ya es la mejor forma de cuidar nuestras reservas hídricas. Ahorrar no es un castigo, es una invitación a que todos pongamos nuestro grano de energía. Lo que ahorremos hoy nos ayudará a contar con la energía que necesitaremos mañana”, aseguró la directora ejecutiva de la CREG, Adriana María Jiménez.
Por medio de la Resolución CREG 101 126 de 2026, se modificó la fecha de inicio del programa de ahorro de energía al 1° de septiembre.
¿Cómo funciona el programa?
Quien supere su meta en más del 10 % asume un cobro adicional, sobre el consumo que exceda ese margen.
Quien reduzca su consumo mensual en más de un 10 % frente a su meta individual podrá acceder a un beneficio que se reflejará como saldo a favor en su factura, que se liquidará al cierre del programa y dependerá de los recursos efectivamente recaudados por los cobros adicionales, de acuerdo con las reglas del programa.
La meta por hogar nunca será inferior al consumo mínimo de subsistencia que corresponde al usuario.
La primera factura que se emita luego del 1° de septiembre de 2026 tendrá un carácter pedagógico e informativo, es decir que aquellos consumos que superen la meta en más de 10 % no estarán sujetos a cobros adicionales.
El ahorro de los usuarios durante este primer ciclo pedagógico, sí será contabilizado.
El recaudo presenta un esquema diferenciado sobre la tarifa regulada para usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3; para estratos 4, 5 y 6; y para usuarios comerciales e industriales por cada kWh excedentario.
Al cierre del programa, cuya duración inicial será de seis meses, los comercializadores calcularán lo recaudado por cobros adicionales y lo distribuirán como beneficio económico, que se reflejará, como saldo a favor en la factura correspondiente a los usuarios beneficiados.
Este cobro es transitorio y propio del programa: no modifica la tarifa del servicio de energía ni forma parte de ella y los recursos recaudados no ingresan al patrimonio de las empresas. Son recursos que se destinan íntegramente a reconocer a quienes ahorran, dentro de su mismo mercado. El programa se autofinancia: el valor del beneficio dependerá de cuánto se recaude por cobros adicionales durante los seis meses, por lo que su monto no está garantizado de antemano.
Es decir que, por ejemplo, si un usuario tiene como meta 100 kWh, y presenta un consumo de 115 kWh, tendrá un cobro adicional por 5 kWh, dependiendo de qué tipo de usuario sea. En contraparte, si un hogar con esta misma meta presenta un consumo de 85 kWh, podrá acceder a un beneficio en su factura al cierre del programa, si los recursos recaudados lo permiten.
¿Para quiénes no aplica la medida?
Usuarios que tienen medidor prepago o servicio suspendido, hospitales, colegios y organismos de emergencia y seguridad, entre otros.
Usuarios regulados ubicados en los municipios que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) identificó oficialmente como afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026.
Usuarios que dependan de equipos eléctricos por condiciones médicas podrán solicitar a los comercializadores no hacer parte de este programa.
Seguimiento al programa
XM, operador del Sistema Interconectado Nacional y administrador del Mercado de Energía Mayorista, publicará tableros informativos sobre cómo avanza el ahorro en el consumo de energía en el país. La CREG, el Ministerio de Minas y Energía y la Superservicios harán seguimiento periódico al desempeño del mecanismo durante su vigencia.
Asimismo, para garantizar información transparente, cada usuario podrá ver en su factura, además de los datos sobre su propio consumo, qué porcentaje de usuarios de su categoría registra un ahorro menor o igual al suyo. También, en la factura cada usuario podrá conocer, entre otros aspectos, su meta individual, consumos adicionales y su valor, ahorros que cuentan para el programa y una estimación de su ahorro acumulado, entre otros aspectos.
El texto de la Resolución CREG 101 120 de 2026 y de la Resolución que modifica su fecha de inicio CREG 101 126 de 2026 y adopta las disposiciones transitorias podrá consultarse en el gestor normativo de la entidad, disponible en la página web de la CREG.
